
El Fondo de Protección Solidaria Soldicom es una entidad de derecho privado, sin ánimo de lucro, con personería jurídica, creada por la Ley, de acuerdo con los artículos 5 y 6 de la Ley 26 de 1989, cuyo patrimonio está conformado, entre otras fuentes de ingreso, por la contribución parafiscal establecida en el literal (a) del artículo 8 de la Ley 26 de 1989.
En consideración a su objeto y forma de administración, los contratos que celebra FENDIPETROLEO NACIONAL en la administración de los recursos parafiscales del Fondo Soldicom, de acuerdo con las finalidades del artículo 5 de la Ley 26 de 1989, se llevan a cabo siguiendo disposiciones de derecho privado y no se aplican las normas del régimen general de contratación estatal, ni las consecuentes actuaciones administrativas de apertura, adelantamiento y adjudicación de procesos de selección públicos.
La contratación de la Federación está orientada por los principios de autonomía de la voluntad privada, eficiencia y celeridad, respeto por la propiedad intelectual y, en lo que respecta a la administración de los recursos parafiscales del Fondo Soldicom, por los principios de la función administrativa establecidos en el artículo 3 de la Ley 489 de 1998.